Procuraduría inhabilitó a siete candidatos a concejos Municipales en La Guajira
La Procuraduría General de la Nación expidió un reporte de los candidatos inhabilitados para el proceso electoral a realizarse el próximo 27 de octubre del presente año.
En La Guajira resultaron con inhabilidades los candidatos a Concejos Municipales Francisco Ernesto Henao Gómez, del partido Cambio Radical, David Alfonso Pérez Reales, del partido Colombia Humana y Unión Patriótica, Alfonso Rey Puerto Mejía, del partido liberal, Rubén Alexander Torres Bernuy, del partido Colombia Renaciente.
De igual forma Edgar Alfonso Jiménez, del movimiento político Villanueva Mía y Venis Enrique Villar Fuenmayor, del partido Todos por el Cambio.
Indicó la Procuraduría que la validación se hizo teniendo en cuenta la Ley 617 de 2000, en su artículo 40, relacionado con las inhabilidades de los concejales.
“No podrá ser inscrito como candidato ni elegido concejal municipal o distrital: Quien haya sido condenado por sentencia judicial, a pena privativa de la libertad, excepto por delitos políticos o culposos. Quien dentro de los doce (12) meses anteriores a la fecha de la elección haya ejercido como empleado público, jurisdicción o autoridad política, civil, administrativa o militar, en el respectivo municipio o distrito. Quien dentro del año anterior a la elección haya intervenido en la gestión de negocios ante entidades públicas del nivel municipal o distrital o en la celebración de contratos con entidades públicas de cualquier nivel en interés propio o de terceros. Quien tenga vínculo por matrimonio, o unión permanente, o de parentesco en segundo grado de consanguinidad, primero de afinidad o único civil, con funcionarios que dentro de los doce (12) meses anteriores a la elección hayan ejercido autoridad civil, política, administrativa o militar en el respectivo municipio o distrito”.
También fue inhabilitada la candidata a edil- Jal Silene Shirley Borja Bolaño, del partido cambio radical, teniendo en cuenta la Ley 136 de 1994, artículo 124 numeral 1 que señala las limitaciones para los miembros de Junta Administradora Local.
Señala esta Ley que no pueden aspirar a cargos públicos en tos comicios electorales, “quienes Hayan sido condenados a pena privativa de la libertad dentro de los diez (10) años anteriores a la elección, excepto en los casos de delitos culposos o políticos. Hayan sido sancionados con destitución de un cargo público, excluidos del ejercicio de una profesión o sancionados más de dos (2) veces por faltas a la ética profesional o a los deberes de un cargo público. Sean miembros de las corporaciones públicas de elección popular, servidores públicos o miembros de la Juntas y consejos directivos de las entidades públicas”.
Dijo la Procuraduría en el comunicado, “en cumplimiento de lo contemplado en el artículo 33 de la Ley 1475 de 2011, señalando de su parte que el listado definitivo de candidatos fue revisado, consolidado y aprobado por los Delegados Departamentales del Registrador Nacional deI Estado Civil, los Registradores Distritales, Especiales y Municipales y Registradores Auxiliares “.
Para los próximos comicios electorales en todo el país se inscribieron para la Gobernación 176 personas , a la Asamblea 3583, para Alcaldía 5187, Concejo 95487, Edil 1732, Edil-JAL 11657 para un total de 117 822 candidatos.
Para la Gobernación no salieron candidatos inhabilitados, en Asamblea solo 11, para alcaldía 20, en concejo 602, para el cargo de EDIL 15 Y 46 EDIL-JAL en Bogotá, para un total de 694 inhabilitados
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